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Duda existencial...

RegísimaRegísima Fernando de Rojas s.XV
¿Cómo maneja España el registro de Derechos de Autor en espacios virtuales?

¿Los usuarios de este espacio -por ejemplo- registraron sus obras antes de subirlas? ¿Cómo se maneja esto en un espacio virtual?

En México debes registrar tu obra ante Derechos de Autor antes de soltarla en la Red porque de otra manera no te protege.

Sin embargo, podemos enviar obras vía mail, conservando copia del mismo te amparas ante un futuro plagio.

Pero en un foro no tienes control, es decir, si un día desaparece el sitio, se borra la constancia de haber subido tu trabajo en una fecha determinada.


Saludos!

Comentarios

  • WoodedWooded Garcilaso de la Vega XVI
    editado septiembre 2010
    Naaaaá, vas a colgar algo?

    No se como sera, pero llegado el caso todo deja huella en lo binario me imagino.
  • MalubeMalube San juan de la Cruz XVI
    editado septiembre 2010
    Yo no lo he llegado a hacer porque los tengo en el Registro de la Propiedad intelectual, pero según comentaron algunos, puedes registrarlos en la página de Creative Commons, y también hay un registro gratuíto en internet. Podría mirar la página que es, piorque ahora no la recuerdo.
  • ShaiantiShaianti Fray Luis de León XVI
    editado septiembre 2010
    Aquí en España, como en cualquier pais, si quieres proteger tu obra debes registrarla (por ejemplo en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual), sobre todo antes de "colgarla" en internet. También existen registros "virtuales" igualmente válidos como el safecreative.
  • MalubeMalube San juan de la Cruz XVI
    editado septiembre 2010
    Shaianti escribió : »
    Aquí en España, como en cualquier pais, si quieres proteger tu obra debes registrarla (por ejemplo en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual), sobre todo antes de "colgarla" en internet. También existen registros "virtuales" igualmente válidos como el safecreative.
    A ese me refería yo :), aunque no lo he utilizado nunca
  • WatasiWatasi Juan Ruiz, el Arcipreste de Hita s.XIV
    editado septiembre 2010
    Sí, pero por mucho que registres una obra, supongo que será muy difícil que detecten un plagio, a no ser que se haga una obra bastante conocida. Quiero decir que es posible que alguien plagie un poema tuyo y gane un premio con él y no lo sepas nunca, por ejemplo.
  • RegísimaRegísima Fernando de Rojas s.XV
    editado septiembre 2010
    Qué amables, Malube, Shai, Watasi. Gracias.

    La verdad es que yo creo (sólo tengo la idea, no podría aseverar) que los miembros del foro (o la gran mayoría) suben sus obras conforme las van terminando, y eso es un poco arriesgado.


    Saludos!
  • RegísimaRegísima Fernando de Rojas s.XV
    editado septiembre 2010
    Starks escribió : »
    Naaaaá, vas a colgar algo?

    No se como sera, pero llegado el caso todo deja huella en lo binario me imagino.

    400_F_447290_QYr0f7liWxlY0o6Pq9Sth8vj2KHi1K.jpg
  • FilocratesFilocrates Fernando de Rojas s.XV
    editado octubre 2010
    Yo no me preocupo de ello, quien plagiaria algo mio y, si lo hiciera, gracias por tenerme en cuenta:p:D.

    Hablando en serio, si es arriesgado "colgar" algo que no esté registrado, muy buena info para tener en cuenta.
    saludos.
  • serranaserrana Juan Boscán s.XVI
    editado octubre 2010
    Tampoco a mi me preocupa un eventual plagio. Sera que no planeo vivir de la literatura ni aspiro al premio Nobel.
    En realidad mas que cualquier otro sentimiento quien plagia me inspira pena. Tengo un millon de ideas por minuto. Por cada texto que publico puedo escribir diez mas si lo deseo. Alguien que se dedique a visitar foros para encontrar buenas ideas me parece que no tiene tal suerte.
    Asi que si alguien gana el premio Nobel con alguna idea mia...que me avise para que brindemos juntos...ja,ja,ja
  • FilocratesFilocrates Fernando de Rojas s.XV
    editado octubre 2010
    jajaja, yo pienso igual, avisame, si te invitan a brindar, yo voy:p. Pero tendria que estar muy necesitado para plagiar algo mio(pobre hombre), jajaja:D
  • serranaserrana Juan Boscán s.XVI
    editado octubre 2010
    Filocrates ¿como es que te anotas en todas? ja,ja,ja :D
    Mira...en el super archi hipotetico caso que tuviera una idea tan buena que mereciera el Nobel y en el super archi hipotetico caso que quien lo ganara con ella me avisara y brindaramos estas super archi hipoteticamente invitado ja,ja,ja

    Fuera de bromas. A pesar de mi posicion muy personal, entiendo la preocupacion por los derechos de autor. En realidad, como escribir ha sido solo un juego para mi hasta ahora no he pensado demasiado en ello.

    Un abrazo para todos.
  • FilocratesFilocrates Fernando de Rojas s.XV
    editado octubre 2010
    (Cierto es algo serio la propiedad de autor y a muchos le debe preocupar mucho)

    En ese super archi hipotetico caso todos los foreros estan invitados, yo pago el taxi.:D
  • ZaratustraZaratustra Juan Ruiz, el Arcipreste de Hita s.XIV
    editado octubre 2010
    Regísima escribió : »
    Pero en un foro no tienes control, es decir, si un día desaparece el sitio, se borra la constancia de haber subido tu trabajo en una fecha determinada.
    Prometo recordarte siempre y....citarte claro está.

    Saludos
  • WoodedWooded Garcilaso de la Vega XVI
    editado octubre 2010
    Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.



    Los tres principios básicos son los siguientes:
    1. Las obras originadas en alguno de los estados contratantes podrán recibir en cada uno de los demás estados contratantes la misma protección que estos otorgan a las obras de sus propios ciudadanos.
    2. Esa protección no debe estar condicionada al cumplimiento de formalidad alguna.
    3. Esa protección es independiente de la existencia de una protección correspondiente en el país de origen de la obra. Sin embargo, si un estado contratante provee un plazo más largo que el mínimo prescrito por la convención, y la obra deja de estar protegida en el país de origen, la protección le puede ser negada una vez que cese la protección en el país de origen.
    En cuanto a las obras, la protección debe incluir todas las producciones en el dominio literario, científico y de artes plásticas, cualquiera que pueda ser su modalidad o forma de expresión (artículo 2(1)). Los siguientes derechos figuran entre los que deben ser reconocidos como derechos exclusivos de autorización: los derechos de traducir, de hacer adaptaciones y arreglos de la obra; de interpretar en público obras dramáticas, dramático-musicales y musicales; de recitar en público obras literarias; de comunicar al público la interpretación de esos trabajos; de difundirlos; de reproducirlos en cualquier modalidad o forma; de usar las obras como base para un trabajo audiovisual; y de reproducir, distribuir, interpretar en público o comunicar al público esa obra audiovisual.
    La convención abarca también los "derechos morales", es decir, el derecho de reclamar la autoría de la obra y el derecho de oponerse a cualquier mutilación, deformación u otra modificación de la misma, o bien, de otras acciones que dañan la obra y podrían ser perjudiciales para el honor o el prestigio del autor.
    En cuanto a la vigencia de la protección, la regla general dispone que se deberá conceder protección, como mínimo, hasta que concluya un periodo de 50 años a partir de la muerte del autor.
    Por Obras literarias y artísticas se entienden todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias.






    http://es.wikipedia.org/wiki/Convenio_de_Berna_para_la_Protecci%C3%B3n_de_las_Obras_Literarias_y_Art%C3%ADsticas
  • WoodedWooded Garcilaso de la Vega XVI
    editado octubre 2010
    85513.jpg
  • ZaratustraZaratustra Juan Ruiz, el Arcipreste de Hita s.XIV
    editado octubre 2010
    Starks escribió : »
    85513.jpg


    Hey Stark: ¿Tú también tienes dudas existenciales?.;)
  • WoodedWooded Garcilaso de la Vega XVI
    editado octubre 2010
    Zaratustra escribió : »
    Hey Stark: ¿Tú también tienes dudas existenciales?.;)


    En realidad mi existencia es una duda.

    Me gusto su avatar.
  • RegísimaRegísima Fernando de Rojas s.XV
    editado octubre 2010
    3chiflados.jpg
  • ZaratustraZaratustra Juan Ruiz, el Arcipreste de Hita s.XIV
    editado octubre 2010
    Regísima escribió : »
    3chiflados.jpg


    Que inteligente es... concuerdo contigo Stark, también me gusta el avatar de esta Reina,


    Salud
  • WoodedWooded Garcilaso de la Vega XVI
    editado octubre 2010
    .




    .
    Hay batallas silenciosas razantes sobre mi vista
    &
    sigo sin entender de disfraces + menesteres
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